En la actualidad en los contratos que firma el estado especialmente en las concesiones ya no existe el temor a las letras pequeñas, ya que para los concesionarios esto no sería necesario pues consideran que cambiar las cláusulas incomodas del contrato no es imposible gracias a las adendas.
El termino adendas, en materia legal, una adenda es una cláusula adicional a un contrato, que es acordada entre ambas partes y tiene por objetivo actualizar algunas condiciones bajo las cuales son firmados los contratos, de acuerdo con nuevos eventos que afecten la relación entre los contratantes.
Pero cada vez se hacen más recurrentes las modificaciones vía adendas especialmente en los contratos de concesión de infraestructura que firma el Estado y en esta práctica se advierte que el Estado y el sector publico no siempre salen ganando. Un ejemplo de esto, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) dio cuenta durante el año pasado de la firma de 11 adendas en 7 contratos firmados en su sector. Situación que no es negativa por sí misma, explican los expertos, pero que sí llama la atención.
Un par de fuentes empresariales, que prefirieron mantenerse en reserva, comentaron –tras perder las dos últimas concesiones carreteras organizadas por Pro Inversión– que las ofertas ganadoras superaban la lógica matemática del mercado.
Es decir, que en ambas ocasiones se ofreció más de lo que la rentabilidad de una concesión auto sostenible (sin participación económica del Estado) soportaría, en el entendido de que luego se podría “recuperar” la situación vía adendas.
A partir de estos casos, dijeron las fuentes, se puede augurar que en los próximos años el número de adendas tendería a crecer, por la reiteración de este tipo de conducta estratégica.
Pero aun así no se podría calificar como buena o mala a una adenda. Sin embargo, lo más práctico para definir si una adenda es buena, es constatar que dicha modificación satisface por igual a ambas partes.
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